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Riesgo laboral tipo 3: qué es y cómo proteger a tu equipo

Conoce los sectores clasificados en riesgo III, qué peligros enfrentan y cómo cumplir con la normativa colombiana de SST.

14 sep. 2026 · 7 min de lectura · Por Equipo FASEM

Imagina que dirigís una empresa de fabricación de plásticos. Tus operarios manejan maquinaria pesada, están expuestos a vapores químicos y trabajan en turnos que alternan día y noche. Un día, la ARL te notifica que tu actividad económica está clasificada en riesgo laboral tipo 3 y que la tarifa de cotización es más alta que la de una oficina administrativa. ¿Qué significa esto? ¿Cómo impacta en tu operación diaria y en la seguridad de tu gente? En este post te explicamos qué es el riesgo tipo 3, qué sectores entran en esta categoría, qué peligros enfrentan y qué obligaciones tenés bajo la normativa colombiana de SST.

Qué es el riesgo laboral tipo 3 en Colombia

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El sistema de riesgos laborales colombiano clasifica las actividades económicas en cinco clases (I, II, III, IV y V) según el nivel de exposición a peligros. Esta clasificación está definida en el Decreto 1607 de 2002, modificado por el Decreto 1072 de 2015, y determina la tarifa que cada empresa debe pagar a la ARL (Administradora de Riesgos Laborales).

El riesgo laboral tipo 3 corresponde a actividades con exposición moderada-alta a peligros físicos, químicos, biológicos o ergonómicos. No es tan crítico como la construcción de edificios o la minería subterránea (riesgo V), pero supera ampliamente el nivel de oficinas o comercio (riesgo I o II). Las empresas en esta categoría deben diseñar controles más robustos, capacitar con mayor frecuencia y demostrar cumplimiento normativo más estricto.

La tarifa de cotización para riesgo III oscila entre 1,044 % y 2,436 % del salario mensual de cada trabajador, según la tabla vigente. Esto significa que, por cada millón de pesos de nómina, una empresa en riesgo III paga entre $10.440 y $24.360 a la ARL, frente a los $522 que pagaría una en riesgo I.

Sectores y actividades clasificados en riesgo tipo 3

El Decreto 1607 incluye decenas de códigos CIIU (Clasificación Industrial Internacional Uniforme) en riesgo III. Estos son algunos de los más representativos:

  • Fabricación de productos de plástico y caucho: moldeo por inyección, extrusión, soplado. Exposición a vapores, calor intenso, maquinaria con partes móviles.
  • Fabricación de muebles y productos de madera: sierras circulares, ruido, polvos de madera, posturas forzadas.
  • Imprentas y editoriales: tintas, solventes, máquinas rotativas, levantamiento de cargas (bobinas de papel).
  • Transporte de carga terrestre: conductores expuestos a vibraciones, fatiga, accidentes viales, carga y descarga manual.
  • Hoteles y restaurantes (cocinas industriales): quemaduras, cortes, pisos resbaladosos, manejo de equipos calientes, turnos nocturnos.
  • Almacenamiento y depósito: montacargas, estanterías altas, caídas de altura, atrapamientos.

Si tu empresa fabrica, transporta, almacena o procesa materiales con herramientas eléctricas, maquinaria pesada o sustancias químicas de uso regular, es muy probable que estés en riesgo III. Podés verificar tu clasificación exacta consultando tu código CIIU en el anexo del Decreto 1607 o preguntándole directamente a tu ARL.

Peligros típicos en entornos de riesgo tipo 3

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Las empresas en riesgo III enfrentan una combinación de peligros que, sin controles adecuados, pueden generar accidentes graves o enfermedades laborales. Según la GTC-45:2012 (Guía Técnica Colombiana para identificación de peligros), los más frecuentes son:

  1. Peligros mecánicos: atrapamientos en puntos de operación, cortes con herramientas rotativas, golpes por caída de objetos, proyección de partículas.
  2. Peligros químicos: inhalación de vapores orgánicos (tintas, resinas, solventes), contacto con ácidos o bases, riesgo de incendio o explosión.
  3. Peligros físicos: ruido por encima de 85 dB(A) (requiere audiometrías y EPP auditivo), vibraciones mano-brazo o cuerpo entero, temperaturas extremas.
  4. Peligros ergonómicos: levantamiento manual de cargas >10 kg sin ayudas mecánicas, posturas forzadas sostenidas, movimientos repetitivos.
  5. Peligros psicosociales: turnos rotativos, presión de producción, trabajo nocturno que altera ciclos de sueño.

La clave está en identificar estos peligros mediante la matriz GTC-45, valorar el riesgo (probabilidad × consecuencia) y establecer controles en orden de prioridad: eliminación, sustitución, controles de ingeniería, controles administrativos y, por último, EPP (equipos de protección personal).

Obligaciones específicas para empresas en riesgo tipo 3

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Más allá de las responsabilidades generales del SG-SST (Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo), las empresas en riesgo III deben cumplir con obligaciones adicionales:

  • Evaluación médica ocupacional más frecuente: exámenes periódicos anuales o bianuales según exposición (audiometrías, espirometrías, laboratorios de metales pesados si aplica).
  • Mediciones ambientales obligatorias: monitoreo de ruido, iluminación, material particulado, vapores orgánicos. La Resolución 2400 de 1979 y el Decreto 1072 exigen registros documentados.
  • Capacitación específica por cargo: operación segura de maquinaria, manejo de sustancias peligrosas (según SGA - Sistema Globalmente Armonizado), uso y mantenimiento de EPP.
  • Procedimientos operativos normalizados (PON): para cada tarea crítica (arranque de maquinaria, cambio de moldes, descargue de químicos).
  • Inspecciones y mantenimiento preventivo: registros de revisión de equipos, calibración de instrumentos, reemplazo de elementos de protección (guardas, sensores).
  • Plan de emergencias robusto: brigadas entrenadas, simulacros semestrales, extintores según NTC 2885, señalización según NTC 1461.

El artículo 2.2.4.6.24 del Decreto 1072 exige que toda empresa implemente y mantenga el SG-SST, pero las empresas en riesgo III o superior son auditadas con mayor frecuencia por las ARL y por el Ministerio del Trabajo. Un incumplimiento puede derivar en multas de hasta 500 SMMLV.

Cómo reducir la siniestralidad en riesgo tipo 3

Reducir accidentes y enfermedades laborales no solo protege a las personas; también mejora la productividad y disminuye costos por incapacidades, reemplazos y sanciones. Estas son estrategias probadas:

  • Automatización selectiva: reemplazá tareas repetitivas o peligrosas con robots colaborativos o sistemas semiautomáticos (ej: paletizado automático en lugar de carga manual).
  • Rotación de puestos: evitá que un operario pase 8 horas en la misma tarea repetitiva. Rotá entre estaciones para distribuir carga ergonómica.
  • Pausas activas y gimnasia laboral: 10 minutos cada 2 horas de estiramientos dirigidos. Reduce lesiones musculoesqueléticas hasta en 30 %.
  • Señalización dinámica: usá luces LED, alarmas sonoras y colores contrastantes en zonas de riesgo (amarillo-negro para peligro mecánico, rojo para químicos).
  • Cultura de reporte sin castigo: implementá un canal anónimo para reportar casi-accidentes. Investigá causas, NO culpables.

La Resolución 0312 de 2019 establece estándares mínimos de cumplimiento según el número de trabajadores y nivel de riesgo. Para riesgo III con más de 10 trabajadores, el cumplimiento mínimo exigido es del 60 % en la autoevaluación. Superarlo no es opcional: es la línea base para operar legalmente.

Conclusión

El riesgo laboral tipo 3 define un nivel de exposición que requiere controles técnicos, capacitación constante y monitoreo documentado. No es el más alto en la escala colombiana, pero tampoco admite improvisación. Si tu empresa está clasificada en riesgo III, tu prioridad es identificar los peligros específicos de tu proceso productivo, establecer controles jerarquizados y entrenar a tu gente para que los apliquen todos los días. La normativa es clara: el cumplimiento no es negociable, pero la forma de lograrlo puede adaptarse a tu operación si lo hacés con criterio técnico y compromiso genuino.

Si querés ayuda implementando esto, hablá con un orientador FASEM. Podés escribirnos a través de nuestra página de contacto o llamarnos en Bogotá para agendar una evaluación inicial sin costo.

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