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Tarifas de Riesgos Laborales 2026: Todo lo que Necesitás Saber

Cómo se calculan, quién las paga y qué cambios esperan las empresas colombianas este año.

30 sep. 2026 · 7 min de lectura · Por Equipo FASEM

Cada inicio de año, miles de empresas en Colombia revisan sus presupuestos de nómina y se encuentran con una pregunta recurrente: ¿cuánto voy a pagar este año por riesgos laborales? La respuesta no es simple. Las tarifas del Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL) no son fijas ni universales: dependen de la clase de riesgo de tu actividad económica, del desempeño en seguridad de tu empresa y de ajustes normativos que pueden cambiar de un año a otro. En 2026, aunque no hay reformas estructurales anunciadas hasta ahora, entender cómo funciona este sistema te permite presupuestar con certeza y, más importante, identificar oportunidades reales de ahorro.

Qué son las tarifas de riesgos laborales y quién las paga

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Las tarifas de riesgos laborales son el porcentaje que los empleadores aportan mensualmente sobre el salario de cada trabajador para financiar el Sistema General de Riesgos Laborales. Este sistema cubre accidentes de trabajo, enfermedades laborales, pensiones de invalidez y muerte por causa laboral. A diferencia de salud y pensión, donde trabajador y empleador cotizan, en riesgos laborales el 100% del aporte lo paga el empleador.

El Decreto 1072 de 2015 (Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo) establece que toda empresa debe afiliar a sus trabajadores a una Administradora de Riesgos Laborales (ARL). La tarifa que pagas depende de dos factores principales:

  • Clase de riesgo de tu actividad económica (I a V, de menor a mayor riesgo)
  • Desempeño en seguridad y salud en el trabajo (índice de lesiones incapacitantes, accidentalidad, cumplimiento normativo)

Las ARL pueden ajustar la tarifa base dentro de un rango permitido por ley, premiando a empresas con buenos indicadores o incrementando la tarifa a aquellas con alta siniestralidad.

Clases de riesgo y tarifas base 2026

El sistema colombiano clasifica las actividades económicas en cinco clases de riesgo. Cada clase tiene una tarifa mínima y máxima expresada en porcentaje del salario mensual del trabajador. Estas tarifas no han cambiado estructuralmente desde 2014 (Decreto 1607 de 2002, ajustado por Decreto 1772 de 1994 y normas posteriores), y en 2026 continúan vigentes los mismos rangos:

Clase de Riesgo Tarifa Mínima Tarifa Máxima Ejemplo de Actividad
I (riesgo mínimo) 0.348% 0.696% Actividades financieras, comercio al por menor en oficina
II (riesgo bajo) 0.435% 1.653% Manufactura de alimentos, confección textil
III (riesgo medio) 0.783% 3.219% Transporte terrestre, talleres mecánicos
IV (riesgo alto) 1.740% 4.350% Construcción de edificaciones, explotación de madera
V (riesgo máximo) 3.219% 6.960% Minería subterránea, manejo de explosivos, trabajo en alturas críticas

Tu ARL asigna la tarifa inicial según tu código CIIU (Clasificación Industrial Internacional Uniforme) registrado en Cámara de Comercio. Si tu empresa es nueva, arranca con la tarifa mínima de tu clase de riesgo. A partir del primer año, la ARL puede ajustar la tarifa según tu desempeño real.

Cómo se ajusta tu tarifa según el desempeño

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Aquí es donde muchas empresas pierden dinero sin saberlo. Las ARL están obligadas por ley (Decreto 1772 de 1994, Art. 13) a revisar anualmente la tarifa de cada empresa con base en el Índice de Lesiones Incapacitantes (ILI) y otros indicadores de accidentalidad. Si tu empresa tiene buen desempeño —pocos accidentes, días de incapacidad bajos, cumplimiento del Sistema de Gestión de SST— la ARL puede reducir tu tarifa hasta el mínimo de tu clase. Si, por el contrario, registrás alta accidentalidad o incumplimientos normativos graves, la tarifa puede subir hasta el máximo.

Ejemplo práctico: una empresa de construcción (Clase IV) con tarifa inicial de 1.740% puede terminar pagando 4.350% si tiene varios accidentes graves en el año. Sobre una nómina mensual de $100.000.000, eso significa pasar de $1.740.000 a $4.350.000 mensuales —más de $31 millones anuales de diferencia—.

Las ARL notifican estos ajustes generalmente en diciembre o enero del año siguiente. Si no recibís notificación, tu tarifa se mantiene igual. Pero podés solicitar revisión si considerás que tu desempeño amerita reducción y la ARL no lo ha reflejado.

Qué cambios esperar en 2026 (y qué no va a cambiar)

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Hasta febrero de 2025, el Ministerio del Trabajo no ha emitido ningún decreto que modifique las tarifas base ni la estructura de clases de riesgo para 2026. Esto significa que las tarifas seguirán siendo las mismas de la tabla anterior. Sin embargo, hay tres factores que sí pueden afectar lo que pagás:

  1. Incremento del salario mínimo: Como las tarifas se calculan sobre el salario mensual del trabajador, el aumento del salario mínimo 2026 (4.56%, quedando en $1.423.500) incrementa automáticamente el monto absoluto del aporte, aunque el porcentaje no cambie.
  2. Mayor fiscalización de las ARL: Las ARL están siendo más estrictas en auditorías de cumplimiento del SG-SST (Resolución 0312 de 2019). Empresas con incumplimientos graves pueden ver incrementos de tarifa o multas adicionales.
  3. Revisión de clasificación CIIU: Si tu empresa cambió de actividad económica o amplió su objeto social, podés haber pasado a una clase de riesgo superior sin saberlo. Revisá que tu CIIU en Cámara de Comercio refleje correctamente tu actividad principal, porque la ARL se basa en ese registro.

No esperés reformas estructurales del sistema este año. La última gran reforma fue en 2014, y cualquier cambio profundo requeriría consenso político amplio que hoy no está en agenda.

Cómo reducir legalmente tu tarifa de riesgos laborales

Reducir la tarifa no es magia ni evasión: es resultado de gestión técnica demostrable. Estos son los caminos legales más efectivos:

  • Implementar el SG-SST de forma efectiva: No basta con tener documentos; las ARL evalúan resultados. Reducir accidentalidad, días perdidos por incapacidad y ausentismo laboral impacta directamente tu ILI.
  • Capacitación constante: Trabajadores capacitados en identificación de peligros y autocuidado reducen riesgos operativos reales. Documentá todas las capacitaciones con listas de asistencia y evaluaciones.
  • Auditorías internas frecuentes: Identificá y corregí condiciones inseguras antes de que generen accidentes. Las inspecciones periódicas (mensuales, según criticidad) son evidencia de gestión proactiva.
  • Reportar correctamente: Subregistro de accidentes puede parecer tentador, pero si la ARL detecta subregistro en auditoría, puede incrementar tu tarifa como sanción. Reportá todo según Resolución 156 de 2005.
  • Solicitar revisión de tarifa: Si cumplís con lo anterior y tu tarifa no ha bajado en dos años, solicitá formalmente a la ARL revisión con soporte documental (indicadores, auditorías, certificaciones).

Empresas con certificación ISO 45001 o que demuestran cero accidentes por períodos prolongados tienen argumentos sólidos para negociar tarifas mínimas.

Conclusión

Las tarifas de riesgos laborales 2026 en Colombia mantienen su estructura tradicional, pero lo que pagás al final depende más de tu gestión interna que de cambios normativos. Entender tu clase de riesgo, monitorear tu desempeño en seguridad y mantener un SG-SST funcional no solo te protege legalmente: te ahorra dinero real mes a mes. Con una nómina promedio, la diferencia entre tarifa mínima y máxima de tu clase puede representar decenas de millones de pesos anuales. Invertir en prevención no es gasto; es la inversión de menor riesgo y mayor retorno que podés hacer.

Si querés ayuda implementando un sistema que reduzca tu tarifa de forma sostenible y legal, hablá con un orientador FASEM. Llevamos más de 12 años ayudando a empresas colombianas a cumplir normas y optimizar costos en seguridad y salud en el trabajo.

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