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Tarifas de riesgos laborales en Colombia: qué son y cómo se calculan

Entendé cómo se clasifica tu empresa y qué porcentaje pagás mensualmente al Sistema General de Riesgos Laborales.

09 sep. 2026 · 8 min de lectura · Por Equipo FASEM

Cada mes, al pagar la nómina, tu empresa transfiere un porcentaje del salario de cada trabajador a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL). Ese porcentaje no es caprichoso ni igual para todos: depende de la actividad económica que desarrollás, el nivel de peligro inherente a esa actividad y el desempeño en seguridad y salud de tu compañía. Muchas empresas pagan sin saber exactamente por qué su tarifa es 0,522 % o 6,96 %, ni cómo podrían reducirla legalmente. En este post te explicamos de forma clara qué son las tarifas de riesgos laborales, cómo se calculan y qué podés hacer para optimizarlas sin infringir la norma.

Qué es la tarifa de riesgos laborales y para qué se usa

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La tarifa de riesgos laborales es el porcentaje del Ingreso Base de Cotización (IBC) de cada trabajador que la empresa paga mensualmente a la ARL. Este dinero financia tres grandes frentes:

  • Prestaciones asistenciales: atención médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica cuando ocurre un accidente de trabajo (AT) o se diagnostica una enfermedad laboral (EL).
  • Prestaciones económicas: incapacidades temporales, incapacidades permanentes parciales, pensión de invalidez, pensión de sobrevivientes y auxilio funerario.
  • Prevención de riesgos: asesoría, capacitación, inspecciones y programas de promoción de la salud en el trabajo que desarrolla la ARL para reducir la siniestralidad.

El marco legal está en el Decreto 1295 de 1994 (compilado en el Decreto Único Reglamentario 1072 de 2015, Libro 2, Parte 2, Título 4, Capítulo 3) y en el Decreto 1772 de 1994, que estableció la tabla de cotizaciones mínimas y máximas por clase de riesgo. Desde entonces, la estructura tarifaria solo ha sido ajustada mediante decretos puntuales, pero la lógica central sigue vigente.

Cómo se clasifica tu empresa: las cinco clases de riesgo

El Ministerio del Trabajo publica periódicamente la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas (Decreto 1607 de 2002 y actualizaciones posteriores). Esta tabla asigna a cada código CIIU (Clasificación Industrial Internacional Uniforme) una clase de riesgo, que va de I a V:

  • Clase I (riesgo mínimo): actividades administrativas, financieras, comercio de oficina. Ejemplo: entidades bancarias, consultorías de escritorio.
  • Clase II (riesgo bajo): procesos manufactureros livianos, algunos comercios minoristas. Ejemplo: fabricación de tapetes, comercio de prendas de vestir.
  • Clase III (riesgo medio): manufacturación con maquinaria, algunos procesos agrícolas. Ejemplo: fabricación de productos de plástico, cultivos permanentes.
  • Clase IV (riesgo alto): construcción de obra, industria pesada, transporte de carga. Ejemplo: construcción de edificaciones, fabricación de productos de caucho.
  • Clase V (riesgo máximo): minería subterránea, manejo de explosivos, construcción de estructuras metálicas en altura. Ejemplo: extracción de carbón de piedra, arenado, fundición de metales.

Tu empresa queda clasificada según la actividad económica principal registrada en Cámara de Comercio. Si tenés varias actividades dentro de una misma razón social, la ARL aplicará la clase de riesgo de la actividad que genere mayor ingreso o que implique mayor exposición, según el criterio normativo vigente (Art. 2.2.4.2.2.2 del Decreto 1072).

Tarifa inicial, tarifa mínima y tarifa máxima: qué significan

El Decreto 1772 de 1994 estableció tres valores de tarifa por cada clase de riesgo:

Clase de riesgoTarifa inicial (%)Tarifa mínima (%)Tarifa máxima (%)
I0,3480,3480,696
II0,4350,4351,653
III0,7830,5223,045
IV1,7401,0444,350
V3,2191,6536,960

Tarifa inicial: es la que la ARL aplica cuando tu empresa ingresa por primera vez o cuando no hay suficiente historial de siniestralidad para ajustar. La mayoría de empresas nuevas pagan esta tarifa el primer año.

Tarifa mínima: es el piso absoluto; si tu empresa demuestra excelente gestión en SST y cero siniestralidad durante varios periodos, la ARL puede bajar hasta este valor.

Tarifa máxima: es el techo; aplica cuando la empresa tiene alta accidentalidad, incumplimientos normativos graves o indicadores de siniestralidad muy por encima del promedio sectorial.

Factores que aumentan o disminuyen tu tarifa: el ajuste anual

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Cada año, la ARL evalúa el desempeño en seguridad y salud de tu empresa mediante el Índice de Lesiones Incapacitantes (ILI) y otros indicadores de siniestralidad. Los principales factores que revisan son:

  • Frecuencia de accidentes: número de accidentes de trabajo con incapacidad por cada 100 trabajadores expuestos al año.
  • Severidad: días de incapacidad acumulados por cada accidente. Un accidente grave (fracturas, amputaciones) pesa más que lesiones leves.
  • Tasa de enfermedad laboral: diagnósticos de EL calificadas en el periodo (hipoacusia, trastornos musculoesqueléticos, neumoconiosis, etc.).
  • Cumplimiento normativo: implementación del SG-SST (Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo), resultados de la autoevaluación Resolución 0312 de 2019, reportes de matriz de peligros GTC-45, exámenes médicos ocupacionales al día.

Si los indicadores mejoran año tras año, la ARL puede bajar tu tarifa hasta la mínima de tu clase. Si empeoran o hay sanciones del Ministerio del Trabajo (multas por incumplimiento SST), la ARL puede subirla hasta la máxima. Este ajuste se notifica formalmente en el primer trimestre del año y aplica a partir de la nómina de enero o febrero, según el cronograma de cada administradora.

Cómo optimizar legalmente la tarifa que pagás

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Reducir la tarifa de riesgos laborales no es evadir responsabilidades; es invertir en prevención para disminuir siniestralidad real. Estas son las vías más efectivas:

  1. Implementá un SG-SST robusto: cumplí los estándares mínimos de la Resolución 0312 de 2019, documentá controles de peligros, ejecutá planes de capacitación y auditorías internas. La ARL valora empresas que demuestran gestión activa.
  2. Actualizá tu matriz de riesgos (GTC-45): identificá, evaluá y priorizá los peligros de cada puesto. Implementá controles de ingeniería, administrativos y EPP en ese orden jerárquico. Un peligro bien controlado reduce la probabilidad de accidente.
  3. Ejecutá los exámenes médicos ocupacionales: ingreso, periódicos, retiro. Detectar condiciones de salud preexistentes y vigilar la salud del trabajador reduce el riesgo de que una condición común se confunda con EL.
  4. Reportá todo a tiempo: notificá los AT en máximo dos días hábiles. Un reporte tardío puede interpretarse como ocultamiento y afectar tu calificación anual.
  5. Capacitá constantemente: trabajadores entrenados en procedimientos seguros cometen menos errores. Registrá las capacitaciones con listas de asistencia firmadas y evalúa comprensión.
  6. Solicitá ajuste de clase si cambiaste de actividad: si pasaste de construcción (Clase IV) a servicios administrativos (Clase I), notificá el cambio de CIIU principal a la ARL con el certificado de Cámara de Comercio actualizado. El ajuste no es automático; vos debés pedirlo.

Errores comunes que encarecen tu cotización

Muchas empresas pagan tarifas altas sin darse cuenta de que cometen errores prevenibles:

  • No actualizar el CIIU: si tu registro de Cámara aún dice "construcción" pero hoy solo hacés diseño arquitectónico, seguís pagando tarifa alta sin razón.
  • No reportar mejoras en SST: implementaste controles de ingeniería, redujiste accidentes, pero no lo documentaste ni lo compartiste con la ARL en la evaluación anual. Sin evidencia, no hay descuento.
  • Ignorar los AT leves: no reportar pequeños accidentes (cortaduras, golpes) genera subregistro. Cuando uno grave aparece, la ARL detecta el patrón oculto y sube la tarifa drásticamente.
  • Confundir AT con enfermedad común: un trabajador se lesiona la espalda moviendo cargas; la empresa lo reporta a EPS. Luego el trabajador demanda calificación de origen; si se califica como laboral retroactivamente, eso impacta tu índice de siniestralidad del periodo.

Conclusión

Las tarifas de riesgos laborales no son un gasto fijo e inamovible. Son un reflejo de qué tan bien gestionás la seguridad y salud de tu equipo. Entender la lógica de las cinco clases de riesgo, conocer tu tarifa actual (inicial, mínima o máxima) y trabajar activamente en reducir siniestralidad te permite optimizar costos sin comprometer el bienestar de tus trabajadores. La clave está en documentar, prevenir y demostrar resultados ante la ARL cada año.

Si querés ayuda implementando un SG-SST que efectivamente reduzca tu tarifa de riesgos laborales, hablá con un orientador FASEM. Te acompañamos en el diagnóstico de tu clase de riesgo, la identificación de peligros y el plan de acción que tu empresa necesita para cumplir la norma y bajar costos de forma sostenible.

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